Nacional

Corte desecha queja: Ministro Laynez podrá resolver sobre impugnación de fideicomisos

La Consejería Jurídica de Presidencia había interpuesto un impedimento, en el que manifestó que Laynez Potisek no revise la acción de inconstitucionalidad, luego de que la Cámara de Diputados aprobara la desaparición de los fideicomisos; hoy, esa petición fue rechazada por la Corte.

Ciudad de México, 21 de noviembre (SinEmbargo).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó una impugnación realizada por la Presidencia de la República que buscaba evitar que el Ministro Javier Laynez Potisek fuera el encargado de resolver la impugnación tramitada por los senadores de oposición contra la extinción de los 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF).

La Consejería Jurídica de Presidencia había interpuesto un impedimento, en el que manifestó que Laynez Potisek no revise la acción de inconstitucionalidad, luego de que la Cámara de Diputados aprobara la desaparición de los fideicomisos; hoy, esa petición fue rechazada por la Corte.

Ciudad de México, 21 de noviembre (SinEmbargo).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó una impugnación realizada por la Presidencia de la República que buscaba evitar que el Ministro Javier Laynez Potisek fuera el encargado de resolver la impugnación tramitada por los senadores de oposición contra la extinción de los 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF).

La Corte “determinó que el ministro Javier Laynez no se encuentra impedido para ser instructor de la acción de inconstitucionalidad relacionada con la extinción de los fideicomisos del Poder Judicial Federal, por lo que desechó el impedimiento presentado por la Consejería Jurídica del Ejecutivo“, informó el máximo Tribunal del país en redes sociales.

“Los impedimentos son improcedentes cuando se trata de acciones de inconstitucionalidad o controversias constitucionales. Además, el ministro Javier Laynez Potisek señaló que no considera que esté afectada la objetividad de su actuación al ser instructor de la demanda”, añadió la Corte.

Los impedimentos son improcedentes cuando se trata de acciones de inconstitucionalidad o controversias constitucionales.

Además, el ministro Javier Laynez Potisek señaló que no considera que esté afectada la objetividad de su actuación al ser instructor de la demanda. 2/2— Suprema Corte (@SCJN) November 21, 2023

La Consejería Jurídica había interpuesto la semana pasado un impedimento, en el que manifestó que Laynez Potisek no revisara la acción de inconstitucionalidad, luego de que la Cámara de Diputados aprobara la desaparición de los fideicomisos. “Vengo a solicitar que el Ministro Javier Laynez Potisek se excuse para conocer de la acción de inconstitucionalidad señalada al rubro”, se lee en el escrito.

Sin embargo, no se revelaron las razones por las que se consideró que el integrante de la SCJN no debe conocer de la acción de inconstitucionalidad, aunque la solicitud ya fue enviada al Pleno.

“Remítase el presente expediente al Tribunal Pleno de este máximo tribunal para que resuelva lo que en derecho corresponda. Con copia del escrito que dio origen a este asunto, córrase traslado a las ministras y ministros que integran el Tribunal Pleno de este alto tribunal para su conocimiento”, señala el acuerdo de la Secretaría General de Acuerdos.

Por tal razón, “de conformidad con los artículos 10, fracción XIV y 14, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, relacionado con los artículos 7, fracción III, del Reglamento Interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y segundo, fracción XII, del Acuerdo General Plenario 1/2023, remítase el presente expediente al Tribunal Pleno de este máximo tribunal para que resuelva lo que en derecho corresponda”.

El Ministro Laynez Potisek resolverá en los próximos días si admite a trámite la acción de inconstitucionalidad que interpusieron los senadores de oposición contra el decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Y es que en octubre, el pleno del Senado de la República aprobó la iniciativa que elimina 13 de los 14 fideicomisos que cuenta el Poder Judicial de la Federación (PJF) por un monto de más de 15 mil millones de pesos, días después de que hiciese lo propio la Cámara de Diputados.

Luego de horas de deliberación, donde senadores de los distintos grupos parlamentarios presentaron sus posturas ante la reforma a la Ley Orgánica del PJF, el pleno concluyó su aprobación con 67 votos a favor, 49 en contra y ninguna abstención.

Desde su eliminación en San Lázaro, ocurrido el pasado 18 de octubre, trabajadores del PJF han llevado a cabo manifestaciones y protestas, incluyendo un paro nacional de actividades que se extendió poco más de una semana; así como una marcha multitudinaria en la Ciudad de México y en otras urbes del país.

El dictamen establece que el PJF no podrá crear ni mantener en operación otros fondos o fideicomisos adicionales al Fondo Económico para el Mejoramiento de la Administración de Justicia.

El pleno también adicionó un artículo transitorio para señalar que los recursos ahorrados deberán ser concentrados por concepto de aprovechamientos en la Tesorería de la Federación, y que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) los destinará a los programas que permitan cumplir con el Plan Nacional de Desarrollo.

Crédito: SINEMBARGO

Artículos relacionados

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button