Suprema Corte abre camino para que escuelas frenen aplicación de lineamientos sobre comida chatarra

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las instituciones educativas del Sistema Educativo Nacional pueden solicitar suspensiones provisionales a través de juicios de amparo para evitar la aplicación de los lineamientos que regulan la venta de alimentos procesados en las escuelas. Esta normativa, emitida el 30 de septiembre del año pasado por la Secretaría de Educación Pública (SEP), ha sido objeto de controversia por diversas instituciones educativas.
El Pleno de la Corte aprobó de manera unánime un proyecto presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, referente a la contradicción de criterios 137/2025. En su fallo, el máximo tribunal del país dejó claro que las escuelas, además de los vendedores de productos procesados, tienen el derecho de solicitar la suspensión provisional de estos lineamientos, siempre y cuando puedan demostrar que su cumplimiento les generaría perjuicios.
La ministra Esquivel Mossa explicó: “Sí se cuenta con interés, para solicitar la suspensión provisional, al encontrarse dicho ordenamiento, también dirigido, no solo a quien comercializa, sino al igual, a toda la escuela del Sistema Educativo Nacional, las cuales, de la propia norma se desprende, que tienen obligaciones e incluso sanciones en relación con su incumplimiento.”
Los lineamientos en cuestión, conocidos como “Lineamientos generales a los que deberán sujetarse la preparación, la distribución y el expendio de los alimentos y bebidas preparados, procesados y a granel, así como el fomento de los estilos de vida saludables en alimentación”, fueron impugnados por varias instituciones académicas. Entre ellas, destaca el Centro de Investigación y de Estudios Avanzados (Cinvestav) del Instituto Politécnico Nacional (IPN), que alegó que estas disposiciones limitan actividades legítimas dentro de sus instalaciones. La institución defendió su derecho a continuar vendiendo y publicitando productos procesados, siempre que cumplan con las normativas sanitarias. Además, argumentó que debería existir libertad para preparar alimentos en sus cafeterías sin restricciones absolutas sobre los ingredientes, y evitar sanciones derivadas del incumplimiento de estas nuevas disposiciones.
El ministro Giovanni Figueroa Mejía subrayó que, antes de emitir el criterio final del Pleno, se harán ajustes en el engrose de la sentencia. Aclaró que la decisión tomada no busca permitir ni tolerar la venta de comida chatarra en las escuelas, sino que se limita a decidir si los centros educativos pueden legítimamente solicitar la suspensión provisional de los lineamientos.
“Me parece importante destacar que, este criterio de ninguna forma busca permitir o tolerar la venta, ni la publicidad de la denominada comida chatarra, al interior de las escuelas mexicanas, sino que únicamente se limita a verificar si la medida cautelar de la suspensión provisional puede válidamente otorgarse a los centros educativos que se ven obligados a cumplir con los lineamientos de referencia y, sin que ello prejuzgue la constitucionalidad o no de esas disposiciones, al no ser materia del asunto que estamos analizando”, puntualizó Figueroa Mejía.



