
La Cámara de Diputados aprobó este martes, en lo general, la reforma a la Ley de Amparo y dio paso a una extensa discusión en lo particular. De las 309 reservas presentadas, se anticipa que únicamente se acepten tres modificaciones a la minuta previamente aprobada por el Senado.
El dictamen, elaborado por las comisiones unidas de Justicia y Hacienda, fue avalado con 345 votos a favor de Morena y sus aliados, frente a 131 sufragios en contra por parte de legisladores de la oposición. Esta última calificó la reforma como un retroceso en la figura del amparo que podría afectar la protección de intereses sociales.
Entre los votos destacados, la ministra en retiro y diputada de Morena, Olga Sánchez Cordero, optó por abstenerse, al igual que los legisladores del PT, Greycy Durán y Javier Vázquez Calixto. Por su parte, Ana Érika Santana (PVEM) y Martha Aracely Cruz Jiménez (PT) votaron en contra.
Cruz Jiménez, legisladora de origen mixe, explicó que su rechazo se debe al impacto que la reforma podría tener sobre el interés colectivo, especialmente en comunidades indígenas. Durante la sesión, presentó una reserva en defensa del derecho de dichas comunidades a interponer amparos cuando los actos reclamados afecten directa o indirectamente sus derechos humanos colectivos o individuales. En su propuesta, destacó que no debería ser requisito demostrar la titularidad exclusiva de un derecho subjetivo.
En cuanto a las modificaciones aceptadas, el coordinador de Morena en la Cámara, Ricardo Monreal Ávila, precisó que uno de los ajustes responde a las críticas recibidas sobre los requisitos para solicitar un amparo. Morena planteará eliminar la obligación del juez de verificar que “de ejecutarse el acto (reclamado) se puedan causar daños de difícil reparación”.
Otra modificación busca aclarar el momento procesal a partir del cual los casos en trámite deberán resolverse con base en las nuevas disposiciones legales y no bajo el régimen anterior.
La tercera modificación, presentada conjuntamente por Monreal y el diputado del PT, Ricardo Mejía Berdeja, se aprobó al inicio del debate. Esta busca precisar que, en casos de permisos, autorizaciones o concesiones otorgadas por el gobierno federal, debe reconocerse la existencia de derechos adquiridos que no pueden ser revocados arbitrariamente.
Desde tribuna, Mejía Berdeja explicó que la fracción XVI del artículo 129, tal como estaba redactada, podía perjudicar a personas o empresas que ya cuentan con permisos vigentes, como ocurre en el sector transportista. Argumentó que “la modificación, que beneficiará a millones, es que, cuando ya se tenga el permiso, la concesión o la autorización, es derecho adquirido y viene una revocación o se deja sin efectos, ahí sí se puede hacer valer en el juicio de amparo en la suspensión provisional. Es muy diferente a no tener y tenerlo y que lo revoquen”.
Asimismo, subrayó que el objetivo es eliminar la parte de la fracción que considera un perjuicio al interés social cuando se otorgan suspensiones en amparo para seguir operando sin permisos vigentes. “Porque no es el mismo supuesto cuando alguien acude a una ventanilla del gobierno, le niegan el permiso y luego, como pasa hoy, se promueve un amparo y se otorga la suspensión y empiezan a operar sin contar con permiso y autorización”, indicó.



