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Ordenan al IMSS de Nuevo León dar medicinas y tratamiento a niña con atrofia muscular

Los magistrados concluyeron que a la menor se le vulneró su derecho fundamental a la salud, por la falta de suministro de medicamentos y la inacción de la autoridad para contar con personal médico capacitado que le brinde el tratamiento que requiere

Nuevo León.- Un tribunal colegiado con sede en Monterrey otorgó un amparo a una niña de cinco años que padece Atrofia Muscular Espinal Tipo I, y ordenó que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en la entidad le suministre los dos medicamentos idóneos y dispongan del personal capacitado para su aplicación o garantice que obtenga la atención médica de forma subrogada.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF)informó que ante la omisión de brindar tratamiento a la menor así como por la dificultad para obtener los medicamentos adecuados y su prescripción, los magistrados instruyeron a la autoridad responsable, ya sea, el director de la Unidad Médica de Alta Especialidad número 25 del IMSS, o bien, al director o directora del diverso hospital que brinde el servicio de manera subrogada, intervenga para designar, supervisar y vigilar al personal médico capacitado que deberá atender a la paciente.

Al resolver el recurso de queja 371/2023, por unanimidad los magistrados concedieron las suspensiones de plano y definitiva a la niña de cinco años, cuyo padecimiento le fue diagnosticado desde los once meses de vida.

Además, acordaron la elaboración de la sentencia en formato de lectura fácil para el conocimiento de la menor y la notificación especial considerando el Protocolo de Atención para menores, a fin de que la niña tenga acceso y se involucre con la información relativa a su padecimiento, así como con los actos que la autoridad responsable deberá realizar.

Los magistrados concluyeron que a la menor se le vulneró su derecho fundamental a la salud, por la falta de suministro de medicamentos y la inacción de la autoridad para contar con personal médico capacitado que le brinde el tratamiento que requiere.

De acuerdo con el CJF, por unanimidad de votos, los magistrados revocaron las resoluciones que emitió en primera instancia el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León en el juicio de amparo indirecto 1303/2019 y su incidente.

En la sentencia se señala que la autoridad responsable ha sido omisa en la toma de acciones para tratar a la paciente y suministrar los medicamentos solicitados que podrían salvaguardar su vida; que sus respuestas se centran en el desconocimiento de los medicamentos referidos y en que los mismos no forman parte del cuadro básico del IMSS; además de argumentar que no cuenta con experiencia ni con el personal capacitado para su aplicación.

Se sostiene que el IMSS, al omitir su responsabilidad en la gestión, suministro y aplicación del medicamento, pone en riesgo la vida de la menor, cuya condición es de discapacidad por la enfermedad que padece y vulnera su derecho fundamental a la salud.
Fuente: Vanguardia Mx

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