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SCJN discutirá proyecto que invalida parte del Plan B; rechaza petición de Presidencia

En sesión privada y por unanimidad, las 11 ministras y ministros determinaron que no era factible atender la solicitud

El próximo lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), analizará el proyecto de sentencia del ministro Alberto Pérez Dayán, que busca invalidar la primera parte del Plan B de la reforma electoral, debido a “violaciones graves al proceso legislativo”.

“Las 11 ministras y ministros determinaron por unanimidad que no es factible atender dicha petición, ya que la impugnación presentada en 2023 se listó con fecha fija para el próximo lunes 8 de mayo, en términos de la legislación aplicable, toda vez que se ha tramitado con el carácter de electoral”.

Así se decidió durante una sesión privada, donde los ministros determinaron que la Suprema Corte tiene obligación de resolver esta reforma antes de que inicie el periodo electoral federal, ya que se trata de un tema de dicha índole.

Fue apenas el día de ayer cuando el presidente Andrés Manuel López Obradorsolicitó, a través de la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República, que se aplazara la revisión del Plan B, y primero se resolvieran las impugnaciones a la Ley de Comunicación Social, que han estado pendientes desde 2018, cuando la norma fue expedida.

La Consejería aseveró que la propuesta de aplazar la discusión y proceder con las impugnaciones, era con el propósito de evitar la emisión de sentencias contradictorias “que violenten los principios de certeza y seguridad jurídica en perjuicio del pueblo de México”.

Específicamente, se trata de la constitucionalidad del decreto que expidió la Ley General de Comunicación Social (LGSC) el 11 de mayo de 2018, que fue aprobada antes del inicio del proceso electoral federal 2017-2018 por las mayorías parlamentarias del PRI y PAN.

Inmediatamente, fue cuestionada por la entonces minoría en el Senado, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y Movimiento Ciudadano, porque existieron “vicios” en el procedimiento legislativo.
Fuente: Vanguardia MX

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