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Jueza federal deja sin efecto suspensión en juicio de amparo para evitar atracción del caso de Corral por la FGR

El Fiscal Anticorrupción está obligado a entregar el expediente al orden federal, como lo ordenó un Tribunal Colegiado.
La Jueza Décimo de Distrito, Madhay Soto Morales, declaró sin materia la suspensión definitiva otorgada en el juicio de amparo promovido por la Secretaría de Hacienda, “virtud a que el Tribunal Colegiado ya se pronunció en relación con la competencia de la causa penal” relacionada con Javier Corral.

  • La resolución obliga a que la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua, a cargo de Abelardo Valenzuela Holguín, entregue a la Fiscalía General de la República la carpeta de investigación iniciada contra el ex gobernador por el presunto delito de peculado.
  • La Secretaría de Hacienda había promovido un juicio de amparo indirecto como víctima en el caso y obtuvo una suspensión definitiva, pero el Juzgado de Distrito dejó sin efecto esa determinación.

Posicionamiento: “Quedó sin efectos la suspensión del amparo que la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua usó para no entregar el expediente a la Fiscalía General de la República”, dijo el abogado Javier Schütte.

  • “Se acabaron las excusas. Lo que sigue es obedecer y remitir las constancias”.
  • “En un Estado de Derecho, las resoluciones se cumplen”, dijo el abogado defensor.

Contexto: El 9 de enero de 2026, el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoséptimo Circuito resolvió el conflicto competencial 20/2025, ordenó desistirse del conocimiento del asunto a la Fiscalía Anticorrupción y remitir los expedientes al fuero federal, relacionados con el refinanciamiento de la deuda pública 2019.

  • Sin embargo, el Fiscal Anticorrupción, Abelardo Valenzuela Holguín, desacató la resolución con el pretexto de la suspensión otorgada a la Secretaría de Hacienda como víctima en el caso.

Antecedentes: En la resolución, la Jueza federal, Madhay Soto Morales, explica lo siguiente:

  • “Es un hecho notorio para este Juzgado de Distrito, que mediante resolución de 9 de enero de 2026, se resolvió el conflicto competencias 20/2025 suscitado entre el Juez de Control del Distrito Judicial Morelos y el Juez de Distrito del Centro de Justicia Penal Federal en Funciones de Juez de Control, ambos con residencia en esta ciudad”.
  • “… en el que se concluyó que resulta competente el segundo en mención para conocer de la causa penal 3050/2024 iniciada en contra de Javier Corral Jurado, por su probable participación en la comisión de los hechos que la ley señala como delito de peculado”.

Para arribar a dicha conclusión el Tribunal Colegiado tomó en consideración esencialmente, lo siguiente:

  • “Los recursos sobre los cuales existe controversia son de origen federal pues aun cuando hayan sido transferidos, éstos no pierden su calidad de recursos federales”.
  • “Las participaciones federales mantienen su naturaleza federal, aun cuando se hayan transferido a los estados como consecuencia del convenio de coordinación fiscal”.
  • “Al tratarse de participaciones federales que son transferidas al Estado, corresponde a la Auditoría Fiscal de la Federación su fiscalización”.

Con información de ZONAFREE

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