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SAT publica resolución definitiva contra emisores de comprobantes falsos

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) incluyó en su lista negra a 25 empresas fachada y personas físicas que emitían comprobantes fiscales para respaldar operaciones simuladas, pese a no contar con la capacidad para operar. Los domicilios fiscales de los contribuyentes se ubican en diez estados del país: Ciudad de México, Zacatecas, Tabasco, Puebla, Campeche, San Luis Potosí, Estado de México, Veracruz, Guerrero y Yucatán.

De acuerdo con la autoridad fiscal, estas empresas y personas físicas carecían de activos, personal, infraestructura y capacidad material, pero aun así expedían comprobantes para “amparar operaciones”. La resolución definitiva se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) después de que los contribuyentes agotaron el tiempo para presentar pruebas que comprobaran su capacidad operativa.

Entre los nombres incluidos destaca José Rafael Castillo Flores, con domicilio fiscal en Tabasco, quien afirma dedicarse a la construcción de carreteras, autopistas, puentes a desnivel y aeropistas. Sin embargo, la Administración Central de Fiscalización Estratégica del SAT confirmó que no posee activos ni personal.

Con domicilio en la alcaldía Cuauhtémoc de la Ciudad de México, la empresa Absyec Consulting también fue incorporada a la lista.

En Zacatecas se reportan siete empresas: Armx Constructora, Construcciones Autónomas NYPD, Comercializadora y Constructora BooZac, Comercializadora y Constructora Cbelti, Comercializadora Comertex, Constructora Truth y Zairo Constructora.

En Puebla se incluyen dos empresas y una persona física: Comercializadora, Constructora y Distribuidora Sheik; Dagico; y Elizabeth Martínez Clemente, dedicada al comercio al por mayor de materiales de desecho.

En Campeche, la autoridad señaló a Manuel Gerardo Cetzal Serrano, quien no tiene capacidad operativa en su giro de comercio de desechos metálicos.

En San Luis Potosí, se encuentran Constructora Montante Araiza y Luis Alberto Simón Pérez, ambos dedicados a la construcción de infraestructura vial.

En el Estado de México, se incorporaron Consorcio Mayen de la Cruz, Edificaciones Innovadoras Arista, Reytasa Metals, Ingasur Consultores Asociados y Matzur Turismo Empresarial.

En Veracruz, la empresa Constructora de Servicios y Proyectos Armentri aparece en la lista, mientras que en Guerrero se registraron Viva Diversos y Marco Antonio Martínez Hernández, quien se dedica al comercio de ferretería, tlapalería y otros materiales de construcción.

En Yucatán, las incorporaciones incluyen la empresa Procesos Industriales Percy y Jesús Andrés Antonio Valdez Brito, dedicado al comercio al por mayor de desechos metálicos.

Según el Artículo 69 B del Código Fiscal de la Federación, “cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes”.

El proceso establece que la autoridad notificará al contribuyente a través del buzón tributario y por publicación en el DOF, otorgándole un plazo de 15 días para aportar la documentación necesaria. “Transcurrido el plazo para aportar la documentación e información y, en su caso, el de la prórroga, la autoridad, en un plazo que no excederá de cincuenta días, valorará las pruebas y defensas que se hayan hecho valer y notificará su resolución a los contribuyentes respectivos a través del buzón tributario. Se publicará un listado en el Diario Oficial de la Federación y en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, de los contribuyentes que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan y, por tanto, se encuentran definitivamente en la situación a que se refiere el primer párrafo de este artículo”, señala el mismo artículo.

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