La Gaceta Oficial de la capital publica el decreto que tipifica el transfeminicidio
La Ley Paola Buenrostro, nombrada en honor a una activista trans asesinada en 2016, busca reconocer y sancionar específicamente los crímenes de odio contra personas trans.
El Gobierno de la Ciudad de México publicó este viernes un decreto en la Gaceta Oficial que tipifica el transfeminicidio como un delito específico.
Esta medida, que entrará en vigor a partir de mañana, busca proteger a la comunidad trans y garantizar justicia en casos de violencia extrema.
La Ley Paola Buenrostro, nombrada en honor a una activista trans asesinada en 2016, busca reconocer y sancionar específicamente los crímenes de odio contra personas trans.
Esta Ley, que hoy es un paso importante hacia la igualdad de derechos en la Ciudad de México, establece sanciones como la pena de prisión, de 35 a 70 años, que enfrentarán los responsables de transfeminicidio.
La pena se incrementará si el crimen se comete con saña; si la víctima tiene algún vínculo familiar con el agresor, es menor de edad, adulto mayor, o persona con discapacidad.
También se considerarán agravantes si la víctima fue atacada por más de dos personas o recibió amenazas relacionadas con su identidad de género.
Esta Ley no solo busca castigar a los responsables, sino también visibilizar la violencia específica que enfrenta la comunidad trans y promover una mayor conciencia y respeto hacia sus derechos.
Los colectivos esperan que la implementación de esta Ley vaya acompañada de campañas de educación y sensibilización para prevenir futuros crímenes de odio.
VA LEY PAOLA BUENROSTRO
El Congreso de la Ciudad de México aprobó el pasado 18 de julio la Ley Paola Buenrostro, con la que se tipificó como delito el transfeminicidio.
El pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó en lo general y en lo particular, con 47 votos a favor, tres en contra, y cero abstenciones, el dictamen con el que se modificará el Código Penal, la Ley de Víctimas, el Código Civil y la Ley Orgánica de la Fiscalía capitalina.
Este dictamen especifica que comete el delito de transfeminicidio quien, por razón de identidad de género o expresión de género, prive de la vida a una mujer trans o a una persona cuya identidad o expresión de género, real o percibida, se encuentre dentro del espectro femenino de género.
Crédito: SINEMBARGO