
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó una sentencia que obliga al exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin, a indemnizar por daño moral a la periodista Lourdes Mendoza Peñaloza, luego de que la acusara de recibir sobornos dentro del marco de las investigaciones por el caso Odebrecht. Esta decisión representa la primera resolución judicial firme contra Lozoya derivada de dicho escándalo de corrupción.
El Pleno de la Corte, por unanimidad y sin necesidad de debate, aprobó el proyecto de la ministra Sara Irene Herrerías, que desechó el recurso de revisión interpuesto por Lozoya. Según los ministros, el caso no involucraba una cuestión de constitucionalidad, razón por la cual no correspondía a la SCJN revisarlo.
El conflicto comenzó en agosto de 2020, cuando Lozoya presentó una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR) en busca de un criterio de oportunidad. En dicha denuncia, el exfuncionario acusó a varios legisladores y funcionarios públicos de recibir sobornos millonarios de la empresa brasileña Odebrecht para aprobar la reforma energética del gobierno de Enrique Peña Nieto.
Dentro de las acusaciones, Lozoya también señaló que Luis Videgaray, entonces secretario de Hacienda, le había ordenado comprar una bolsa de lujo para Mendoza Peñaloza, a quien incluyó en una lista de periodistas presuntamente sobornados para dar una cobertura favorable al gobierno.
Como respuesta, Mendoza Peñaloza demandó a Lozoya por daño moral. En mayo de 2022, un juez federal resolvió que las acusaciones del exfuncionario eran falsas y dañaron la reputación de la periodista, condenándolo a indemnizarla. La sentencia fue confirmada en apelación, y en 2023 se le negó el amparo directo, ya que se trataba de un asunto de responsabilidad civil y no de libertad de expresión.
En enero de 2024, Lozoya recurrió a la SCJN, argumentando que sus declaraciones ante la FGR estaban protegidas por la libertad de expresión y su calidad de denunciante. Aseguró que el caso debía analizarse bajo estándares constitucionales y de derechos humanos.
Sin embargo, la Corte concluyó que los agravios presentados no implicaban cuestiones constitucionales genuinas, sino simplemente una disputa sobre la legalidad ordinaria y la valoración de pruebas. Por lo tanto, ratificaron la validez de la sentencia que obliga a Lozoya a indemnizar a Mendoza Peñaloza.



