SCJN analiza participación de Ríos González en debate sobre prisión preventiva oficiosa

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará un proyecto que permitiría a la ministra María Estela Ríos González participar en el debate sobre la prisión preventiva oficiosa, luego de que se evaluara que su imparcialidad no está comprometida. La propuesta será presentada este lunes por el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz.
“El solo desempeño de los cargos públicos previos al que actualmente ejerce no lleva a concluir que su actuación anterior podría actualizar de manera objetiva un interés personal que la inclinara a resolver en determinado sentido”, afirmó Aguilar Ortiz en su proyecto.
Ríos González había sido recusada por Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz, quienes solicitaron que no elaborara el proyecto ni interviniera en la resolución del expediente 3/2023. Dicho expediente definirá cómo debe actuar el Poder Judicial de la Federación para cumplir con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Co IDH), que desde 2023 ordena al Estado mexicano cesar la aplicación de la prisión preventiva automática y el arraigo.
Los promoventes —quienes pasaron 17 años en prisión preventiva oficiosa y son centrales en el caso García Rodríguez y otro vs. México— argumentaron que el 24 de agosto de 2022 la ministra, junto con el entonces secretario de Gobernación Adán Augusto López Hernández, firmó un comunicado solicitando a la SCJN mantener esa figura en la resolución del amparo en revisión 355/2021 y la acción de inconstitucionalidad 130/2019. Consideran que esta acción refleja una postura anticipada frente al expediente 3/2023.
En respuesta, Ríos González sostuvo que el comunicado del 2022 fue emitido en ejercicio de sus facultades como Consejera Jurídica del Ejecutivo federal y no a título personal. Además, aclaró que aquellos asuntos trataban “temas distintos, relacionados con facultades legislativas y causales de improcedencia, no con la convencionalidad de la prisión preventiva oficiosa” y que su pronunciamiento ocurrió tres años antes de asumir el cargo y meses antes de que existieran la sentencia de la Co IDH o el expediente 3/2023, por lo que “era imposible anticipar un criterio”.
El proyecto de Aguilar Ortiz concluye que la recusación carece de fundamento, al considerar que la imparcialidad se presume y que no se aportaron pruebas objetivas de un riesgo real. Asimismo, señala que ocupar un cargo en el Ejecutivo no inhabilita automáticamente para juzgar, ya que una actuación institucional no implica “una postura personal inamovible”. Finalmente, subraya que el comunicado de 2022 no tiene relación directa con el expediente 3/2023, enfocado en la ejecución de una sentencia internacional y no en la validez abstracta de la medida, y que no puede hablarse de prejuzgamiento sobre un asunto que aún no existía.



