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La SCJN mantiene blindaje temporal a Abelina López Rodríguez contra revocación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la suspensión temporal concedida a la presidenta municipal de Acapulco, Abelina López Rodríguez, que había sido otorgada hace siete meses. Esta suspensión, ahora extendida, protege a la alcaldesa frente al proceso de revocación de mandato impulsado por el Congreso de Guerrero.

El pasado 11 de enero, el máximo tribunal ya había confirmado una primera suspensión en favor de López Rodríguez, que detiene la revisión de un presunto manejo irregular de 898 millones de pesos en recursos federales, realizado por la Auditoría Superior del Estado de Guerrero (ASE). Ambas suspensiones permanecerán vigentes hasta que la Corte resuelva el fondo de las controversias constitucionales (174/2025 y 176/2025) que López Rodríguez promovió en respuesta a estas acciones.

En una resolución mayoritaria, el Pleno de la Corte decidió mantener la protección inicialmente concedida en junio de 2023 por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, bajo la integración anterior del máximo tribunal. Esta medida fue tomada luego de que López Rodríguez interpusiera una controversia constitucional contra los procedimientos de revocación de mandato iniciados por el Congreso de Guerrero, los cuales derivan de diversas denuncias ciudadanas.

El Poder Legislativo local impugnó esta suspensión a través del recurso de reclamación 38/2025, argumentando que la medida se otorgó sin demostrar que existiera un daño irreparable. Sostuvo que, dado que los procedimientos de revocación aún no se habían resuelto de manera definitiva, no había un perjuicio concreto para el municipio ni para la presidenta municipal.

Sin embargo, el Pleno de la Corte, en un proyecto presentado por el ministro Arístides Guerrero García, destacó que la medida cautelar era esencial para preservar la materia del juicio y evitar daños irreparables en la estructura del gobierno municipal. Asimismo, se subrayó que la suspensión busca proteger la estabilidad institucional de la administración municipal, mientras se determina si los procedimientos legislativos vulneran la autonomía del municipio.

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