Yucatán aprueba reforma para garantizar el acceso legal al aborto hasta las 12 semanas de gestación

El Congreso del Estado de Yucatán avaló una reforma legal que permite la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación sin consecuencias penales, con lo que la entidad se convierte en la número 23 del país en despenalizar el aborto.
La votación en el Pleno resultó en 22 votos a favor —provenientes de legisladores de Morena (17), Partido del Trabajo (1), PRI (2) y Movimiento Ciudadano (2)— y 13 en contra, todos del PAN (12) y del Partido Verde Ecologista de México (1).
El dictamen fue aprobado con una modificación de última hora que estableció de forma expresa que el aborto no será sancionado si se realiza dentro de las primeras 12 semanas de gestación.
Paralelamente, el Congreso local desechó una propuesta para reformar el artículo 1 de la Constitución estatal que buscaba reconocer el derecho a la vida desde la concepción. La iniciativa no alcanzó la mayoría calificada de 24 votos necesaria para su aprobación.
La reforma responde a una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en agosto de 2024 ordenó al Congreso yucateco derogar los artículos del Código Penal que criminalizaban el aborto. Como parte del proceso, se comenzaron a eliminar disposiciones punitivas como los artículos 389, 390, 392 y 393.
Antes de la reforma, el aborto era considerado delito en cualquier etapa de la gestación bajo la legislación estatal, salvo en casos excepcionales como violación, peligro para la vida de la mujer, inseminación artificial no consentida, causas económicas graves con al menos tres hijos, o cuando el acto fuera culposo.
Las penas para quienes participaran en estos procedimientos iban de uno a cinco años de prisión y suspensión del ejercicio profesional hasta por cinco años.
La nueva legislación representa un cambio significativo en el marco legal del estado, al garantizar un mayor acceso a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en Yucatán.