Norte
Trending

Marco Bonilla enfrenta medidas cautelares por misoginia y violencia política contra la diputada Brenda Ríos

El Instituto Electoral ordenó al alcalde panista no realizar declaraciones de carácter misógino contra la diputada de Morena en plataformas oficiales, ni en medios de comunicación.

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral dictó medidas cautelares en contra del alcalde panista Marco Antonio Bonilla Mendoza, por violencia política de género en perjuicio de la diputada local de Morena, Brenda Ríos.

  • La autoridad electoral ordenó a Bonilla Mendoza que se abstenga de “realizar declaraciones públicas por medios oficiales del Ayuntamiento y medios de comunicación periodística que impliquen misoginia y/o alguna otra expresión denigrante en la que se relacione a la denunciante y sus personas allegadas”.
  • La diputada presentó ante el organismo electoral una denuncia por violencia política contar la mujer por razón de género, en contra del alcalde Bonilla Mendoza, el 29 de noviembre de 2024.

Contexto: El alcalde y el Gobierno municipal del PAN iniciaron una campaña para denostar a la diputada, a partir de sus declaraciones sobre la existencia de un “cártel inmobiliario” en el Municipio y la compra de una casa en un fraccionamiento de lujo por parte del alcalde.

  • Se inició una campaña en medios oficiales para calumniar a la diputada morenista por su forma de vestir, su acceso al servicio público, para señalarla de incurrir en defraudación fiscal y acosarla en su domicilio con drones de Catastro municipal.
  • El 16 de octubre de 2024, el denunciado Marco Antonio Bonilla Mendoza, realizó declaraciones ante los medios de comunicación: “Tiene una casa que vale el doble de un servidor, en el mismo fraccionamiento de un servidor, el cual lo compro a los nueve meses de ser funcionaria federal con la mitad del sueldo que tengo yo como alcalde””.
  • Señaló públicamente “a manera confesa que ha investigado a la denunciante para tratar de desacreditar su trabajo como legisladora, que dentro de sus atribuciones como tal, está la facultad de fiscalizar y denunciar cualquier tipo de recursos que se presuman.

Antecedentes: El 26 de noviembre de 2024, la diputada Brenda Río, presentó su denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción contra el Presidente Municipal de Chihuahua, Marco Antonio Bonilla Mendoza, por su participación como líder del denominado “cartel inmobiliario”.

  • Ese mismo día, el alcalde emitió declaraciones públicas dirigidas a su persona las cuales constituyen actos de violencia política por razón de género, las cuales se llevaron a cabo poco después de que presentara dicho recurso legal, en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer.
  • Durante sus declaraciones públicas el denunciado Marco Antonio Bonilla Mendoza se refirió a su persona con expresiones que menosprecian su trayectoria política, descalifican sus capacidades e invocan estereotipos de género, mediante comentarios degradantes y misóginos.
  • Utilizando expresiones que buscan sobajarla, criticando su forma de vestir y sugiriendo que su participación política no es producto de su esfuerzo sino “un regalo”.
  • Además, aludió a su relación matrimonial para deslegitimarla, insinuando subordinación a figuras masculinas y negando su investidura como legisladora al referirse a ella de manera despectiva y con desprecio.
  • El uso del adjetivo señora, por el denunciado, es expresado en un contexto de violencia política de género, a partir de la actitud denominada machismo, mismo que demerita la actividad de las mujeres a su estado civil y sexualidad.
  • Asimismo el denunciado en lugar de dar respuesta al procedimiento legal que interpuso ante la Fiscalía Anticorrupción, se dedicó a demeritar su carrera política y profesional en virtud de su género y referir que solo por el hecho de ser mujer le fue regalada la delegación de SEMARNAT.

Medidas cautelares: El 5 de febrero de 2025, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral determinó las siguientes medidas cautelares, que consisten en:

  • “Ordenar a Marco Antonio Bonilla Mendoza, en su carácter de Presidente Municipal de Chihuahua y Mariana de Lachica Huerta, en su carácter de Vocera del Ayuntamiento de Chihuahua, que se abstengan de realizar declaraciones públicas por medios oficiales del Ayuntamiento y medios de comunicación periodística que impliquen misoginia y/o alguna otra expresión denigrante en la que se relacione a la denunciante y sus personas allegadas, que pudieran constituir violencia política contra las mujeres en razón de género”.
  • “Lo anterior, bajo apercibimiento que, de no dar cumplimiento a lo ordenado en el presente acuerdo se tomarán las medidas necesarias para su cumplimiento, aplicando en su caso, el medio de apremio que se juzgue pertinente, ello de conformidad con lo dispuesto por los artículos 277, numeral 10) y 346 de la Ley Electoral”.
  • “Ello, hasta en tanto el Tribunal Electoral del Estado de Chihuahua resuelva respecto al fondo del asunto y, en su caso, determine la confirmación o levantamiento de la medida cautelar decretada”.
  • También ordenó el retiro de nueve ligas electrónicas que pueden implicar violencia política contra la diputada Brenda Ríos.

Artículos relacionados

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button