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Suprema Corte de Justicia de la Nación anula cobro a extranjeros en Puerto Vallarta

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló el cobro de 1.25 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, $169.71 pesos, que el municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, había establecido para las personas extranjeras que ingresaran a la ciudad. La Corte determinó que este pago, previsto en el artículo 80 Bis de la Ley de Ingresos municipal, no era legal.

El cobro, que formaba parte de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de este año, se implementó como una cuota por el uso o aprovechamiento de bienes, servicios y espacios públicos del municipio. Sin embargo, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitucionalidad contra esta medida, lo que llevó a la Suprema Corte a revisar el caso.

Según el proyecto del ministro Giovanni Figueroa Mejía, aprobado por unanimidad, la contribución era ambigua y generaba incertidumbre, lo que podía dar pie a posibles abusos por parte de la autoridad municipal. En sus palabras: “Evidentemente, no se especifica el tipo de servicio, ni el tipo de uso o aprovechamiento de bienes o espacios públicos municipales a los que se refiere, dejando abierta la posibilidad de que se trate incluso, de aquellos servicios o aprovechamientos de bienes o espacios públicos, ya contemplados y regulados por las leyes fiscales del municipio, como podrían ser aquellos que no se encuentran regulados y son libres de gravamen.”

Este cobro estuvo vigente desde febrero de este año y solo exentaba a algunos grupos específicos, como menores de 14 años, personas con discapacidad, guías de turistas, operadores de tours, personal de aerolíneas, trabajadores del sector turístico, así como a los extranjeros con residencia temporal o permanente.

Además, la medida preveía un mecanismo de reembolso para los extranjeros que generaran empleo en el municipio a través de unidades económicas que tributan localmente.

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